Con la promulgación de la Ley nro. 31740 se modifica la responsabilidad administrativa de personas jurídicas en el proceso penal.
Además de una ampliación del catálogo de delitos uno de los cambios clave es que ya no será posible solicitar el eximente de responsabilidad por la implementación de un Sistema de Prevención adecuado cuando el delito haya sido cometido por socios, directores, administradores, representantes legales o apoderados con capacidad de control en la organización.
Conoce más en el siguiente documento preparado por nuestra área de cumplimiento.