Perfil de Cumplimiento Tributario en la SUNAT: Evaluación y Gestión
29 mayo 2024Beneficios Tributarios para fomentar la lectura: Exoneraciones y Reintegros
30 mayo 2024
¿Quienes deben presentar las declaraciones juradas informativas?
Los contribuyentes que se encuentren obligados a presentar esta declaración conforme a lo solicitado en el Anexo I de la Resolución de Superintendencia nro. 014-2018/SUNAT , son aquellos que:
- Tuviesen ingresos devengados que hayan superado las dos mil trescientas (2 300) UIT.
- Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cien (100) y menor a cuatrocientas (400) UIT.
Por otro lado, se encuentran obligados a presentar la declaración conforme a lo solicitado en los Anexos II, III y IV de la Resolución de Superintendencia nro. 014-2018/SUNAT, cuando en el ejercicio gravable al que corresponda la declaración:
- Sus ingresos devengados hayan superado las dos mil trescientas (2 300) UIT.
- Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cuatrocientas (400) UIT.
¿Quienes deben presentar las declaraciones juradas informativas?
La Declaración Jurada Informativa Reporte Local de Precios de Transferencia se presenta mediante el Formulario Virtual 3560.
Cronograma