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31 julio 2024
El 2 de julio de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley nro. 32080, una ley que introduce importantes modificaciones al Decreto Legislativo 943 (Ley del Registro Único de Contribuyentes) y al Código Tributario para restablecer el correcto funcionamiento de la publicidad digital. Les comentamos los aspectos más relevantes:
Estos cambios buscan retomar prácticas anteriores y simplificar los procesos administrativos, facilitando así el cumplimiento normativo para los contribuyentes y mejorando la transparencia en las operaciones comerciales.
Modificación del D.L. 943:
- Se ha eliminado la obligación de consignar el número de RUC (acompañado de la razón social del proveedor) en toda la documentación mediante la cual se oferten productos o servicios en el mercado, incluyendo plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos corporativos y aplicaciones móviles.
No habrá sanción:
- Con estas modificaciones, se elimina la posibilidad de que el INDECOPI evalúe y sancione el incumplimiento de la obligación de consignar el número de RUC como un acto potencialmente contrario al principio de legalidad, de acuerdo con la Ley de Represión de la Competencia Desleal (Decreto Legislativo nro. 1044).
Cambios en el Código Tributario:
- Se modifican los artículos 172 y 173, así como las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias I, II y III del Texto Único Ordenado del Código Tributario. Además, se derogan el numeral 9 del artículo 173 y el noveno ítem del rubro 1 de las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias, eliminando así las infracciones relacionadas con la no consignación del número de RUC en la documentación de ofertas de bienes y/o servicios.
Implicancias para los Contribuyentes
Estas modificaciones buscan simplificar y mejorar el proceso de inscripción y actualización en el RUC, ajustando las sanciones para garantizar un cumplimiento más efectivo de las normativas tributarias. Al mismo tiempo, facilitan el correcto funcionamiento de la publicidad digital y mejoran la transparencia en las operaciones comerciales.
Comentario sobre la Eliminación de la Obligación de Consignar el RUC en Publicidades Digitales
La eliminación de la obligatoriedad de consignar el RUC en las publicidades digitales representa retomar la publicidad en medios digitales sin tener la obligación de consignar el RUC del proveedor en ellas.
Este cambio busca fomentar un entorno más ágil y dinámico para la publicidad en línea.
Fecha de inicio de vigencia: 3 de julio de 2024.