Ante la ocurrencia de actos hostiles, un trabajador puede demandar el cese de dichos actos, para ello, primero debe enviar una comunicación escrita a su empleador solicitándolo. Luego de la respuesta del empleador, cuenta con 30 días hábiles para interponer la demanda.
Una trabajadora de una empresa de retail demandó el cese de actos de hostilidad consistentes en la reducción injustificada de remuneración y categoría. Para esto envió dos cartas, una inicial y otra por la que comunicaba la reiterancia.
La empresa consideró en su recurso de casación que la trabajadora interpuso su demanda luego del plazo de treinta días hábiles previsto por ley, ya que el plazo debió contarse únicamente a partir de la primera carta.
La Corte Suprema considero que el acto hostil de reducción de remuneraciones, en este caso, se dio de forma permanente y continuada, por lo que el trabajador podía solicitar el cese del acto de hostilidad las veces que sea necesario. Por lo que, en casos de infracciones permanentes y continuadas, como es la reducción de remuneración o la modificación geográfica del centro de trabajo, el trabajador puede enviar varias cartas de cese de actos hostiles, reiniciándose el plazo de caducidad para poder demandar.