En nuestro ordenamiento, toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Este principio fue desarrollado mediante la Casación No. 23369-2021-Lima, que amplió los alcances de esta presunción.
Un aspecto clave en las relaciones laborales es el principio de causalidad, que establece una preferencia por la contratación laboral por tiempo indefinido. Este principio se integra al estatuto de protección laboral mediante el contrato de trabajo, reforzando la estabilidad y seguridad del trabajador.
La Casación No. 23369-2021-Lima señala que el vínculo laboral se evidencia cuando el trabajador pone a disposición exclusivamente su trabajo, utilizando herramientas como:
Estos elementos reflejan la subordinación y la dependencia del trabajador hacia el empleador, elementos esenciales para calificar la relación como laboral.
Identificar la existencia de un vínculo laboral es fundamental para determinar los derechos y obligaciones de las partes en una relación laboral. Las empresas deben tener en cuenta estos indicadores para evitar riesgos legales y garantizar el cumplimiento de las normativas laborales vigentes.
La Casación No. 23369-2021-Lima refuerza la importancia de los principios de causalidad y estabilidad en las relaciones laborales, proporcionando una guía clara para identificar cuándo una prestación de servicios configura un contrato de trabajo.