Desde el año 2017, a raíz de un pleno jurisdiccional, los juzgados laborales en Perú adoptaron un criterio absolutista por el cual, ante la ocurrencia de un accidente de trabajo, la empresa empleadora siempre sería responsable por los daños causados, tales como afectación al proyecto de vida, daño psicológico, daños físicos y lucro cesante. Este criterio parecía basarse en la teoría de la responsabilidad objetiva prevista en el artículo 1970 del Código Civil.
Desde su implementación, esta postura fue empleada de manera generalizada por los juzgados, a menudo sin un análisis detallado. Esto generó críticas, especialmente en casos donde la empresa había cumplido con sus obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, pero igualmente se le atribuía responsabilidad solo por el hecho de que el accidente ocurrió durante actividades laborales.
La aplicación de este criterio resultaba desalentadora para los empleadores, quienes asumían los costos de reparación sin importar las circunstancias específicas del accidente.
Desde el año 2022, el Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL adoptó un enfoque distinto, estableciendo que para determinar la responsabilidad del empleador en un accidente de trabajo es indispensable evaluar el vínculo causal entre el accidente y el daño. Este criterio excluye los casos donde el accidente fue causado por un tercero, un caso fortuito o por la propia víctima.
En noviembre de 2024, esta postura fue reforzada mediante la publicación de la Casación 13324-2022-LIMA. La Corte Suprema determinó que, para atribuir responsabilidad en accidentes laborales, es imprescindible evaluar el vínculo causal, respaldándose en el artículo 1972 del Código Civil. Según esta disposición, aunque la responsabilidad objetiva prescinde del factor de atribución, el nexo causal siempre debe ser analizado.
El artículo 53 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo establece la responsabilidad del empleador ante accidentes laborales. Sin embargo, el artículo 94 de su reglamento refuerza la necesidad de analizar el nexo causal. Esto significa que la responsabilidad no es automática, sino que depende de las circunstancias específicas del accidente y del cumplimiento de las obligaciones de seguridad por parte del empleador.
Con este nuevo enfoque, los empleadores pueden reducir los riesgos de ser responsabilizados injustamente en casos de accidentes de trabajo, siempre y cuando demuestren que cumplieron con las normativas de seguridad y que el accidente no guarda un vínculo causal directo con sus acciones u omisiones.