La Corte Suprema, mediante Casación No. 23624-2021-Lima, analizó el despido de un trabajador por el quebrantamiento de la buena fe laboral al haber agredido a su conviviente.
Al respecto, la Corte Suprema señaló que la falta grave prevista en el inciso a) del artículo 25° del Decreto Supremo No. 003-97-TR, referida al quebrantamiento de la buena fe laboral, se configuró en este caso a pesar de que las acciones del trabajador ocurrieron fuera del lugar de trabajo. Esto se debió a que implicaban una conducta socialmente inaceptable (la agresión contra su conviviente) que debía ser sancionada, además de estar contemplada en el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa.
En consecuencia, la Corte concluyó que la agresión doméstica realizada por el trabajador no solo afectaba la imagen del empleado, sino que también contravenía los principios éticos que la empresa exige a todos sus trabajadores.