Mediante la Ley Nro. 32219, se estableció una tasa especial del Impuesto General a las Ventas (IGV) para micro y pequeñas empresas (MYPES) que se dediquen a actividades relacionadas con restaurantes y alojamientos turísticos. Esta medida tiene como objetivo apoyar la reactivación económica de este sector clave.
Las operaciones de venta y servicios realizadas por estas empresas estarán sujetas a las siguientes tasas de IGV:
La tasa especial del 8%, vigente para los ejercicios 2025 y 2026, será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
Esta reducción temporal en la tasa de IGV busca aliviar la carga fiscal de las MYPES dedicadas a los rubros de restaurantes y alojamientos turísticos, incentivando la formalización y la recuperación económica de estas actividades tras los desafíos de los últimos años.